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Ayudas contra la despoblación: hasta 75.000 euros por ayuntamiento
La convocatoria corresponde al ejercicio 2026 de la llamada modalidad A, la destinada a entidades locales. Se rige por la Orden TED/1358/2021, modificada por la Orden TED/1074/2025. El Ministerio busca apoyar iniciativas que reactiven la actividad económica y social de los territorios con pérdida de población. También quiere que esas iniciativas sirvan de modelo replicable en otras zonas rurales.
El extracto puede consultarse en el Boletín Oficial del Estado.
Quién puede solicitarla
Pueden presentarse ayuntamientos, diputaciones, mancomunidades y otras entidades de ámbito superior al municipio, juntas vecinales con competencias atribuidas, consorcios adscritos a la Administración local y agrupaciones de entidades locales.
Los proyectos deben desarrollarse en municipios o núcleos de población de menos de 5.000 habitantes. También son válidas las áreas funcionales que agrupen varios municipios con menos de 15.000 habitantes en conjunto. Todos los municipios de la comarca cumplen el primer requisito.
Cada entidad puede presentar una única solicitud propia, con un solo proyecto. Además, puede participar en otra como miembro de una agrupación. En ese caso, los ayuntamientos agrupados deben firmar antes un acuerdo interno. En él se fija qué actividades asume cada uno, con qué presupuesto y quién representa al conjunto.
Cuánto se puede recibir
La cuantía depende del tipo de entidad:
- Ayuntamientos: entre 25.000 y 75.000 euros.
- Mancomunidades, consorcios y agrupaciones de entidades locales: entre 25.000 y 300.000 euros.
- Diputaciones: entre 50.000 y 300.000 euros.
La ayuda cubre como máximo el 90 % del gasto subvencionable, y el resto lo aporta la entidad. Se admiten gastos de personal, servicios profesionales, publicidad, alquileres e inversiones. Las obras en inmuebles tienen un tope del 50 % de la subvención.
Proyectos con prioridad
La orden admite 18 tipos de proyectos. Cinco puntúan como prioritarios este año:
- Cultura y ocio, con actuaciones de creación cultural y artística.
- Cuidados y apoyos sociales personalizados que permitan a las personas seguir viviendo en su casa y en su entorno.
- Movilidad sostenible, como el vehículo compartido, los viajes compartidos o la movilidad activa.
- Vivienda habitual, sobre todo la rehabilitación para nuevos pobladores y vecinos y la dinamización del alquiler. El alquiler vacacional queda excluido.
- Recuperación de zonas afectadas por incendios y otras catástrofes naturales.
Cómo se valoran
Las ayudas se conceden en concurrencia competitiva, sobre un máximo de 100 puntos. En una primera fase se valoran la calidad de la propuesta y su carácter innovador. Para pasar a la segunda hay que alcanzar al menos la mitad de la puntuación en cada uno de esos dos apartados.
En la segunda fase, los criterios estratégicos suman 30 puntos. Entre ellos están la repercusión supramunicipal y la cooperación entre entidades. Después vienen el impacto en la despoblación, con 20 puntos, y la igualdad de género, el impacto social y ambiental, la viabilidad y la difusión. El proyecto debe obtener al menos 50 puntos.
Plazos y pagos
Los proyectos tienen un plazo de ejecución de 22 meses desde la publicación de la resolución de concesión. Solo cuentan los gastos realizados a partir de esa fecha.
El Ministerio adelanta el 69,99 % de la ayuda sin exigir garantías. El resto se paga al justificar, en los tres meses siguientes al fin del proyecto. La justificación debe ir acompañada del informe de un auditor de cuentas.
Cómo se solicita
Las solicitudes se presentan a través de la herramienta PLATERO, a la que se accede desde la sede electrónica del Ministerio (sede.miteco.gob.es). La solicitud debe incluir una memoria con la justificación demográfica, el calendario de actuaciones, el presupuesto y el acuerdo del órgano competente que aprueba el proyecto.
Para resolver dudas, el Ministerio celebrará un webinar el 14 de octubre a las 10:00 horas, de unas dos horas de duración. Explicará la convocatoria y el funcionamiento de la plataforma. Se puede acceder sin inscripción previa a través de este enlace.
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