
Desarrollo rural
Publicada la nueva ley de atención residencial en Castilla y León
El pasado día 24 de abril, salió publicada en el boletín oficial de Castilla y León la Ley 3/2024 reguladora del modelo de atención en los centros de carácter residencial y centros de día de servicios sociales para cuidados de larga duración. Esta ley afectará a las más de 72.000 plazas de centros residenciales y centros de día que existen en nuestra comunidad autónoma. Y tiene como finalidad garantizar los derechos de quienes viven en los centros para cuidados de larga duración, según nota de prensa del consejo de Gobierno de la Junta de Castilla y León.
La esencia de la Ley se basa en la atención centrada en las necesidades y deseos de las personas dependientes. Para desarrollar esta forma de atender, el texto regula el modelo de atención integral, con un fuerte componente ético y de reconocimiento de la dignidad de la persona, que supere la rigurosidad de la atención puramente asistencial.
En mi opinión, aquí es donde está el gran logro de esta ley, en su filosofía, donde se pone a la persona de forma íntegra en el centro de la actuación de los profesionales. De forma íntegra quiere decir que no se tiene en cuenta solamente la parte física de la persona, la parte asistencial de enfermedades, aseo, comida, vestido, … sino también tener muy en cuenta toda la parte toda la parte psíquica, emocional y social.
La ley coloca a la persona en el lugar preferencial, sigue la nota de prensa, y recoge unos derechos que protegen su autonomía: El proyecto de vida documentado, para que la persona pueda mantener su idiosincrasia e identidad cuando su grado de autonomía empeore; garantizando que cuando una persona tiene menos autonomía y es más dependiente, tenga un trato personalizado, digno, con respeto a su persona, intimidad y creencias, entre otros.
También se regula una atención libre de sujeciones y restricciones, con las excepciones recogidas en la nueva ley, por ejemplo cuando corra peligro la integridad del usuario o de los cuidadores.
Otra de las novedades es la puesta en marcha del profesional de referencia, con quien establecerán una relación de confianza y será el responsable del acompañamiento y la atención directa. Aparece la figura también del gestor de caso, que será quien coordine la actuación entre todos los actores, es decir, residentes, familia, profesional de referencia y demás profesionales de todo tipo.
El texto también articula la necesaria coordinación y colaboración entre el Sistema Público de Salud y el Sistema de Servicios Sociales, todo ello de responsabilidad pública. Hace hincapié también en las unidades de convivencia, de tal forma que los usuarios convivan en entornos más pequeños y en unas instalaciones que emulan su propio hogar para garantizar la calidad en la atención.
En definitiva, este modelo debe considerar, entre otros aspectos, las cinco principales necesidades psicosociales reconocidas para toda persona: el confort o necesidad de trato cálido y cercano; la identidad o necesidad de saberse reconocido en la diferencia; el apego o necesidad de tener vínculos y compromisos; la ocupación o necesidad de sentirse útil y tener actividades significativas; la inclusión o necesidad de sentirse parte de un grupo social, de evitar el aislamiento y la soledad.
La ley trata de mejorar todos los aspectos de la vida en los centros residenciales y centros de día dedicados a los cuidados de larga duración. Ahora hay que llevarlo a cabo. Para ello, se deben dar varias circunstancias, entre ellas el cambio de mentalidad de los trabajadores de las Administraciones, tanto responsables como inspectores. El cambio de mentalidad de los trabajadores de los centros, sabiendo que se tiene que pasar de una atención centrada en el trabajador a una atención centrada en la persona usuaria; No es la persona quien se adapta al Centro, sino el centro quien se adapta a la persona. Y una financiación pública adecuada para poder llevarlo a cabo. Y esperando que estas cosas no se queden en simples trámites burocráticos, sino que sea una realidad.
